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Salvini pide intervención para quien conduce y toma cannabis

Solicitud del vicepremier a ministros de Salud e Interior para proteger a la gente

ROMA, 07 diciembre 2024, 11:21

Redaccion ANSA

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El ministro de Transporte italiano, Matteo Salvini. - TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS

El ministro de Transporte italiano, Matteo Salvini. - TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS

En vísperas de la entrada en vigencia del decreto de seguridad vial, el viceprimer ministro italiano, Matteo Salvini, envió una carta a los ministros del Interior y Salud, Matteo Piantedosi y Orazio Schillaci y al subsecretario de la Presidencia Alfredo Mantovano, con el objetivo de proteger a las personas en tratamiento con sustancias psicotrópicas con protocolos terapéuticos, bajo supervisión médica (un ejemplo es el cannabis terapéutico).
    La nueva norma, que entrará en vigencia el próximo 14 de diciembre y que contiene la delegación para la modificación orgánica del Código de circulación, afecta, entre otras cosas, al artículo 187, que regula las sanciones por conducir bajo los efectos de las drogas.
    Se trata -explica el Ministerio de Transporte, que preside Salvini- de una modificación elaborada incluso después de una amplia discusión con las asociaciones comerciales, así como con los representantes de las otras administraciones interesadas y establece que la sola ingesta y la consiguiente positividad a las drogas implica la punibilidad.
    En el pasado, sin embargo, era necesario probar el estado de alteración para poder imponer una sanción, una prueba en la realidad de los hechos muy difícil si no imposible.
    Por lo tanto, Salvini, para proteger a estos ciudadanos (y después de una fructífera comparación con médicos y otros expertos) solicitó la creación de una mesa de trabajo que establezca posibles excepciones.
    O bien, una disciplina de detalle que permita identificar de manera interpretativa las hipótesis de no sancionabilidad, debidamente certificadas por el médico tratante, para los pacientes sometidos a un tratamiento farmacológico que, por el principio activo, la posología, la duración del tiempo y las condiciones psicofísicas generales del paciente, es adecuado para no perjudicar, en cualquier caso, su aptitud para conducir.
   
   

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